Textos constitucionales comparados – Título III: Política educacional científica y cultural

Comparación de la versión final del Proyecto de Constitución (5/01/2019) y su borrador inicial sometido a debate (30/07/2018). Permite visualizar qué parte del texto se preservó y qué se modificó en la versión que se llevará a referendo el 24 de febrero de 2019. El orden y numeración de los artículos es el de la versión final.

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TÍTULO III: Fundamentos de la política educacional, científica y cultural

ARTÍCULO 32. El Estado orienta, fomenta y promueve la educación, las ciencias y la cultura en todas sus manifestaciones. En su política educativa, científica y cultural se atiene a los postulados siguientes:

a) se fundamenta en los avances de la ciencia, la creación, y la tecnología y la innovación, el pensamiento, y la tradición pedagógica progresista cubana y la universal;

b) la enseñanza es función del Estado, es laica y se basa en los aportes de la ciencia y en los principios y valores de nuestra sociedad;

c) la educación debe promoverpromueve el conocimiento de la historia de la nación y desarrollar en los educandosdesarrolla una alta formación de valores éticos, morales, cívicos y patrióticos;

d) promueve la participación de los ciudadanosciudadana en la realización de su política educacional, científica y cultural;

e) orienta, fomenta y promueve la cultura física, la recreación y el deporte en todas sus manifestaciones como medio de educación y contribución a la formación integral de los ciudadanoslas personas;

f) la actividad creadora e investigativa en la ciencia es libre. Se estimula la investigación científico-técnicacientífica con un enfoque de desarrollo e innovación, priorizando la dirigida a solucionar los problemas que atañen al interés de la sociedad y al beneficio del pueblo;

g) se favorece la incorporaciónfomenta la formación y empleo de las personas con aptitud para la labor científicaque el desarrollo del país requiere para asegurar las capacidades científicas, tecnológicas y de innovación;

h) la creación artística es librese promueve la libertad de creación artística en todas sus formas de expresión, conforme a los principios humanistas en que se sustenta la política cultural del Estado y en su contenido respetalos valores de la sociedad socialista cubana. Las formas de expresión en el arte son libres;

i) con el propósito de elevar la cultura del pueblose fomenta y desarrolla la educación artística y literaria, la vocación para la creación, el cultivo del arte y la capacidad para apreciarlo;

j) defiende la identidad y la cultura cubana, vela pory salvaguarda la riqueza artística, patrimonial e histórica de la nación, y por su salvaguarda. Los bienes que conforman el patrimonio cultural de la nación son inalienables, imprescriptibles e inembargables, y

k) protege los monumentos de la nación y los lugares notables por su belleza natural, o por su reconocido valor artístico o histórico.

Índice

Preámbulo

TÍTULO I: Fundamentos políticos (Art 1-17)

TÍTULO II: Fundamentos económicos (Art. 18-31)

TÍTULO III: Fundamentos de la política educacional, científica y cultural (Art. 32)

TÍTULO IV: Ciudadanía (Art. 33-39)

TÍTULO V: Derechos, deberes y garantías (Art. 40-100)

TÍTULO VI: Estructura del Estado (Art.101-124, Art. 125-146, Art 147-165)

TÍTULO VII: Organización territorial del Estado (Art. 166-169)

TÍTULO VIII: Órganos locales del Poder Popular (Art. 170-184, Art. 185-203)

TÍTULO IX: Sistema electoral (Art. 204-216)

TÍTULO X: Defensa y seguridad nacional (Art. 217-225)

TÍTULO XI: Reforma de la Constitución (Art. 226-229)

Disposiciones

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