Comparación de la versión final del Proyecto de Constitución (5/01/2019) y su borrador inicial sometido a debate (30/07/2018). Permite visualizar qué parte del texto se preservó y qué se modificó en la versión que se llevará a referendo el 24 de febrero de 2019. El orden y numeración de los artículos es el de la versión final.
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TÍTULO XI: Reforma de la Constitución
ARTÍCULO 226. Esta Constitución solo puede ser reformada por la Asamblea Nacional del Poder Popular mediante acuerdo adoptado, en votación nominal, por una mayoría no inferior a las dos terceras partes del número total de sus integrantes.
ARTÍCULO 227. Tienen iniciativa para promover reformas a la Constitución:
a) el Presidente de la República;
b) el Consejo de Estado;
c) el Consejo de Ministros;
d) los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular, mediante proposición suscrita por no menos de la tercera parte de sus integrantes, y;
e) el Consejo Nacional de la Central de Trabajadores de Cuba y las direcciones nacionales de las demás organizaciones de masas y sociales,
f) los ciudadanos, mediante petición dirigida a la Asamblea Nacional del Poder Popular, suscrita ante el Consejo Electoral Nacional, como mínimo por cincuenta mil electores. La ley establece el procedimiento, los requisitos y garantías para su solicitud y realización.
ARTÍCULO 228. Cuando la reforma se refiera a la integración y funciones de la Asamblea Nacional del Poder Popular o del Consejo de Estado, a las atribuciones o al período de mandato del Presidente de la República, a los derechos, deberes y garantías consagrados en la Constitución, se requiere, además, la ratificación por el voto favorable de la mayoría de los electores de la nación en referendo convocado a tales efectos.
ARTÍCULO 229. En ningún caso resultan reformables los pronunciamientos sobre la irrevocabilidad del socialismo y el sistema político y social establecidossistema socialista establecido en el artículo 3Artículo 4, y la prohibición de negociar bajo agresión, amenaza o coerción de una potencia extranjera, tal y como se dispone en el artículo 12las circunstancias previstas en el inciso a) del Artículo 16.
Índice
TÍTULO I: Fundamentos políticos (Art 1-17)
TÍTULO II: Fundamentos económicos (Art. 18-31)
TÍTULO III: Fundamentos de la política educacional, científica y cultural (Art. 32)
TÍTULO IV: Ciudadanía (Art. 33-39)
TÍTULO V: Derechos, deberes y garantías (Art. 40-100)
TÍTULO VI: Estructura del Estado (Art.101-124, Art. 125-146, Art 147-165)
TÍTULO VII: Organización territorial del Estado (Art. 166-169)
TÍTULO VIII: Órganos locales del Poder Popular (Art. 170-184, Art. 185-203)
TÍTULO IX: Sistema electoral (Art. 204-216)
TÍTULO X: Defensa y seguridad nacional (Art. 217-225)