Límites de capacidades en restuarantes privados en Cuba (1995-2018)

Reunimos en esta entrada las regulaciones que introdujeron cambios en la cantidad de sillas permitidas en los restaurantes privados cubanos a partir de 1995. No se incluyen otras resoluciones intermedias que ratifican las mismas capacidades.

12 sillas

La cantidad de sillas se limitó desde el momento mismo que se aprobó la actividad «Elaborador-vendedor de alimentos…» en la Resolución Conjunta 4/95 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Ministerio de Finanzas y Precios el 8 de junio de 1995.

Documento: GO-O-19/1995

Resolución: 4/95 (pág 308-309)

Fecha: 8 de junio de 1995

Organismo(s): MTSS y MFP

Descargar: PDF (1.25 MB)

20 sillas

Pasarían cinco años antes de que la cantidad aumentara en unas escasas ocho sillas, para redondearlas a 20, como se muestra aquí en el Anexo 1 de la resolución correspondiente:

Documento: GO-E-12/2010

Resolución: 32/2010 (pág 116-127)

Fecha: 8 de octubre de 2010

Organismo(s): MTSS

Descargar: PDF (600 KB)

50 sillas

Menos de un año después, la cifra se incrementó a 50 capacidades.

Documento: GO-X-29/2011

Resolución: 33/2011 (pág 309-314)

Fecha: 6 de septiembre de 2011

Organismo(s): MTSS

Descargar: PDF (650 KB)

Capacidad no limitada

Después de haber anunciado reformas al trabajo por cuenta propia que fijarían la cantidad de licencias permitidas por persona en una sola y controles más estrictos de la regla de las 50 sillas a partir de diciembre de 2018, el gobierno introdujo una serie de acotaciones a última hora, incluyendo la eliminación del tope de capacidades.

Documento: GO-X-77/2018

Resolución: 24/2018 (pág 1353-1354)

Fecha: 5 de diciembre de 2018

Organismo(s): MTSS

Descargar: PDF (236 KB)

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