Reunimos en esta entrada las regulaciones que introdujeron cambios en la cantidad de sillas permitidas en los restaurantes privados cubanos a partir de 1995. No se incluyen otras resoluciones intermedias que ratifican las mismas capacidades.
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— invntario (@invntario) December 8, 2018
12 sillas
La cantidad de sillas se limitó desde el momento mismo que se aprobó la actividad «Elaborador-vendedor de alimentos…» en la Resolución Conjunta 4/95 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Ministerio de Finanzas y Precios el 8 de junio de 1995.
Documento: GO-O-19/1995
Resolución: 4/95 (pág 308-309)
Fecha: 8 de junio de 1995
Organismo(s): MTSS y MFP
Descargar: PDF (1.25 MB)
20 sillas
Pasarían cinco años antes de que la cantidad aumentara en unas escasas ocho sillas, para redondearlas a 20, como se muestra aquí en el Anexo 1 de la resolución correspondiente:
Documento: GO-E-12/2010
Resolución: 32/2010 (pág 116-127)
Fecha: 8 de octubre de 2010
Organismo(s): MTSS
Descargar: PDF (600 KB)
50 sillas
Menos de un año después, la cifra se incrementó a 50 capacidades.
Documento: GO-X-29/2011
Resolución: 33/2011 (pág 309-314)
Fecha: 6 de septiembre de 2011
Organismo(s): MTSS
Descargar: PDF (650 KB)
Capacidad no limitada
Después de haber anunciado reformas al trabajo por cuenta propia que fijarían la cantidad de licencias permitidas por persona en una sola y controles más estrictos de la regla de las 50 sillas a partir de diciembre de 2018, el gobierno introdujo una serie de acotaciones a última hora, incluyendo la eliminación del tope de capacidades.
Documento: GO-X-77/2018
Resolución: 24/2018 (pág 1353-1354)
Fecha: 5 de diciembre de 2018
Organismo(s): MTSS
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